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Su empresa y la auditoría de
cuentas
13.12.05.
De
acuerdo con las leyes y reglamentos de auditoría de muchos países, las
sociedades que superen determinados límites en algunas magnitudes contables o
de tamaño de empresa están obligadas a auditarse. En España estas magnitudes
son: el importe neto de la cifra de negocios, el total del activo y el número
medio de trabajadores empleados durante el ejercicio. Se da, también, la
auditoría voluntaria que, por unas u otras razones, lleva a un cierto número
de sociedades a auditarse. En consecuencia, muchas empresas se deben de auditar
cada año, sea en forma obligatoria o voluntaria. Por este motivo, hemos
querido poner al alcance de gerentes y directores de empresas de todo tipo unos
breves comentarios sobre esa situación en la que se encuentran, tanto si se
auditan por primera vez, como si son ya veteranos ante la presencia de un
auditor. Y, en todo caso, nos vamos a referir solamente a trabajos de auditoría
y no de revisiones limitadas u otros servicios profesionales de un auditor de
cuentas.
Antes
de nada, queremos indicar que escribimos lo que sigue bajo la doble óptica
del auditor, que lo somos, y de expertos en la dirección de empresas
que, también lo somos desde hace muchos años.
Quien esto firma, Manuel Díaz Aledo, es auditor de
cuentas desde 1982, con despacho en La Coruña (Galicia – España), y parte de su experiencia profesional como consultor de
empresas, en DIAZ ALEDO, AUDITORES Y CONSULTORES S.L, puede
deducirse de nuestra página www.diaz-aledo.com.
También se va plasmando, poco a poco, en los sucesivos trabajos y
documentos que publicamos en este portal www.gerenteweb.com.
El
primer paso es elegir al auditor o firma de auditoría que ha de
hacer el trabajo. Para este paso le remitimos a la lectura en esta misma
web, sección de dirección, “Cuando y por qué contratar a un
auditor de cuentas”. Sólo añadimos aquí, a lo dicho con
amplitud en ese documento, que
la búsqueda del auditor que opere en la zona en que se encuentra su
empresa, la puede hacer a través de las páginas amarillas o por
internet. También puede recurrir a solicitar la información de la guía
de auditores de su zona en la demarcación correspondiente de los
Colegios de Economistas o Titulares Mercantiles, e incluso, a través
del Registro de Economistas Auditores (REA),
del Instituto de Censores Jurados de Cuentas (ICJC) o del
Registro de Auditores del Consejo General de Titulares Mercantiles
(REGA). Todo lo anterior, referido al caso de España. En otros países,
habrá que acudir a organismos y corporaciones profesionales similares.
Una
vez elegido el auditor, deberá firmar con él la Carta de
Encargo o el Contrato de auditoría. Este es un requisito obligado
en España para legalizar el inicio del proceso. El auditor le presentará
un modelo que es normalmente estándar, ya que figura su texto en las
Normas Técnicas de Auditoría, aprobadas y publicadas por el Instituto
de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC). Este organismo es el que
regula y tutela la actividad de la auditoría en España. La Carta de
Encargo incluye, básicamente, el alcance del trabajo a realizar, las
responsabilidades que corresponden al auditor y a los Administradores de
la sociedad, el plan del trabajo a realizar, la duración, estimada en
horas, del trabajo de auditoría, los honorarios profesionales y la
forma de pago. En este último punto, le indicamos que es muy frecuente
que se establezca un porcentaje determinado (entre el 25 y el 40 por
ciento) del importe total, pagadero a la aceptación del trabajo. El
resto a la entrega del Informe de auditoría, una vez finalizados los
trabajos. Debe de saber que, si su auditoría es obligatoria, deberá
inscribir el nombramiento del auditor en el Registro Mercantil.
Efectuada
ya la contratación del auditor, éste realiza, por lo general, una
visita inicial en la que va a solicitar una serie de documentos
(originales o copia, según los casos) y efectuar una serie de preguntas
tendentes a conocer las peculiaridades de la sociedad, de la actividad
que realiza, del sector en el que opera y de su sistemática contable.
Realiza un análisis y revisión del sistema de control interno de la
sociedad. Con frecuencia cada vez mayor se solicita exportar el
diario contable y los inventarios de existencias o los balances de sumas
y saldos al sistema informático del auditor, con el fin de poder
planificar los muestreos y otras diversas pruebas a realizar. Y, entre
la documentación que inicialmente se suele solicitar, podemos
citar, siempre dependiendo de que se trate de primera auditoría o de
auditorias de años posteriores:
·
Escrituras sociales de constitución, ampliación / reducción
de capital, apoderamientos, etc.
·
Informes de auditoría de ejercicios anteriores si se
hubiese auditado con anterioridad.
·
Cuentas anuales del ejercicio a auditar y de varios años
anteriores.
·
Balances de sumas y saldos del ejercicio a auditar.
·
Extractos contables de determinadas cuentas
·
Libros oficiales de contabilidad
·
Libro de Actas de la sociedad, incluyendo las actas que
todavía no estuviesen pasadas al mismo.
·
Pólizas de préstamos, créditos, descuento de papel,
leasing, renting y similares, concertadas con entidades de crédito.
·
Inventario o fichas de los elementos de Inmovilizado
Material
·
Inventarios de existencias
·
Cuadros de amortización del Inmovilizado Material e
Inmaterial
·
Extractos bancarios de toda clase de cuentas
·
Justificantes de movimientos en cuentas de entidades
financieras
·
Facturas emitidas
·
Facturas recibidas, tanto de inversiones como de gasto o,
en su caso, recibos o cualquier otro tipo de
justificantes.
·
En el caso de inversiones de cierta importancia,
autorizaciones, ofertas, pedidos y la documentación que se estime
conveniente.
·
Libro Registro de caja
·
Libros Registro de IVA
·
Liquidaciones periódicas y resúmenes anuales de IVA,
retenciones IRPF y de aquellos otros impuestos a los que estuviese
sometida la sociedad, del ejercicio a auditar.
·
Liquidación del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio
anterior al que se audita.
·
Nóminas del personal
·
Liquidaciones de seguros sociales (TC1 y TC2)
·
Resúmenes mensuales de nómina y justificantes del pago de
las mismas.
·
Contabilidad o cuadros de estimación o cálculos de
costes, si existen.
·
Justificantes de pagos de dividendos
Lo
que hemos citado es lo que con más frecuencia solicitan los auditores.
No obstante, según los casos, se pueden pedir otros documentos, a lo
largo del desarrollo de la auditoría, distintos de los citados. Todo
esto, si la empresa dispone de ellos como debe de ser lo normal, es
necesario ponerlo a disposición del auditor. Caso contrario, éste se
podría encontrar en lo que se denomina una limitación al alcance.
Es
necesario saber que el auditor puede emitir, al final de su trabajo los
siguientes tipos de Informes:
·
Informe con opinión favorable:
Es el caso en el que el auditor “manifiesta de forma clara y
precisa que las cuentas anuales expresan, en todos los aspectos
significativos, la imagen fiel del patrimonio y de la situación
financiera, de los resultados de las operaciones y de los recursos
obtenidos y aplicados y contienen la información necesaria y suficiente
para su interpretación y comprensión adecuada...” (Normas Técnicas
sobre Informes de Auditoría). Es el caso del denominado, vulgarmente, Informe
limpio. En este caso el
auditor las admite como buenas, sin más.
·
Informe con opinión con salvedades: Corresponde
al caso a aplicar “cuando el auditor concluye que existen una o
varias circunstancias... siempre que sean significativas, en relación
con las cuentas anuales tomadas en su conjunto.” (Normas Técnicas)
Es cuando al auditor se
le presentan circunstancias que podemos englobar así:
ü
Limitación
al alcance del trabajo realizado
ü
Errores
o incumplimientos de los principios y normas contables generalmente
aceptados, incluyendo omisiones de información necesaria.
ü
Incertidumbres
cuyo desenlace final no es susceptible de una estimación razonable.
ü
Cambios
durante el ejercicio, con respecto a los principios y normas contables
generalmente aceptados utilizados en el ejercicio anterior.
·
Informe con opinión desfavorable: En
este caso “supone manifestarse en el sentido de que las cuentas
anuales tomadas en su conjunto no presentan la imagen fiel del
patrimonio, de la situación financiera, del resultado de las
operaciones o de los cambios en la situación financiera de la entidad
auditada, de conformidad con los principios y normas contables
generalmente aceptados.” (Normas Técnicas). En este caso el
auditor deberá de haber encontrado situaciones como las señaladas que
sean, en su cuantía o en su concepto, muy significativas o que afecten
a un número elevado de capítulos que le hagan concluir en forma
desfavorable.
·
Opinión denegada:
En este caso no existe, propiamente, Informe de Auditoría.
Corresponde al caso en el que “el auditor no ha obtenido la
evidencia necesaria para formarse una opinión sobre las cuentas anuales
tomadas en su conjunto... La necesidad de denegar la opinión puede
originarse exclusivamente por: limitaciones al alcance de la auditoría
y/o incertidumbres”.
Los
cuatro casos anteriores son las únicas posibilidades de conclusión de
un trabajo de auditoría, permitidas por la legislación al respecto. En
todos ellos, el auditor habrá desarrollado previamente su trabajo de
campo, siguiendo el proceso que se indica, antes de llegar a esa
conclusión final:
ü
Entrevista
preliminar
ü
Solicitud
de documentación
ü
Análisis
del control interno
ü
Pruebas
sustantivas de auditoría
ü
Propuesta
de ajustes y reclasificaciones contables
ü
Obtención
de la evidencia suficiente
ü
Informe
de auditoría
ü
Informe
de Control interno
ü
Entrega
y aclaraciones de ambos informes
Del
trabajo del auditor hay que conocer varios aspectos. Uno de ellos es que
no efectúa la revisión total, al cien por cien, de toda la información
contable y sus justificantes. Eso no sería auditoría. El auditor trabaja
por muestreo y aplica esta técnica, fundamentalmente, en áreas
tales como:
ü
Inmovilizado
Material
ü
Existencias
ü
Clientes
ü
Acreedores
y proveedores
ü
Gastos
ü
Ingresos
En
estos casos el muestreo supone que se examina solamente una parte,
generalmente pequeña en relación al total, de justificantes para ver
si su contabilización es correcta, tanto en su cuantía como en su
naturaleza y si está adecuadamente sustentada. Para este muestreo,
generalmente aleatorio, se utilizan determinadas técnicas
comunes en la auditoría. En ocasiones, el auditor amplia ese muestreo
para llegar a obtener la evidencia suficiente, en uno u otro sentido.
Existen
áreas que el auditor no muestrea, sino que examina en forma más
completa. Suele ser así, por ejemplo,
en:
ü
Fondos
propios
ü
Préstamos
a largo y a corto plazo
ü
Cuentas
fiscales
ü
Cuentas
con socios
ü
Bancos
En
algunos casos dependerá de la cantidad total de operaciones. Pensemos
en una empresa que tenga un número muy elevado de operaciones de
leasing. En este caso, el auditor, normalmente, hará un análisis por
muestreo. Si tiene pocas operaciones, las examinará todas.
Se
denomina evidencia al convencimiento interno que el auditor
adquiere o debe de adquirir acerca de cada tema en concreto que va
examinando, así como respecto a si las cuentas anuales, en su conjunto,
reflejan o no la imagen fiel. Sería algo así, simplificando
exageradamente los conceptos, como el convencimiento de que las cuentas
anuales que audita están bien, mal o regular.
Otro
tema de relieve es qué considera el auditor como significativo, muy
significativo o no significativo. Estos conceptos son muy relevantes
a la hora de emitir el Informe en uno u otro sentido. En términos
vulgares, podríamos equiparar esos conceptos a importante, muy
importante o nada importante. Pero
esto es sólo una aproximación al concepto.
Y, además, esa cualificación se apoya a la vez en las tablas
incluidas en una Norma Técnica sobre lo que se denomina “cifras de
importancia relativa” y en el juicio del propio auditor. La cuestión
es que esa determinación inicial, que hace el auditor, de lo que
considera significativo o no, en las cuentas anuales en su conjunto o
para cada área contable a auditar, es clave para el tamaño de las
muestras que examina y para sus conclusiones acerca de lo que admite o
no como válido en su trabajo.
A
este respecto, también hay que saber que el auditor, al acabar su
trabajo de campo en el que hace las diversas pruebas, suele presentar a
la empresa, si es el caso, un listado de asientos contables a hacer.
Se trata de ajustes y reclasificaciones contables que serían necesarios
en la contabilidad de la sociedad para que pudiese considerarla
correcta. Ese listado lo propone a la dirección de la empresa,
quien puede aceptarlos o
no, estar de acuerdo con ellos o lo contrario. Normalmente, el auditor
los explicará y fundamentará. Si la empresa, los acepta, los debe de
incluir en su contabilidad. Con esto modifica sus cuentas anuales
inicialmente presentadas al auditor o, con más frecuencia, sus balances
y cuentas de pérdidas y ganancias de partida. Pero, entonces, el
auditor estaría auditando unas cuentas anuales libres ya de los
errores, irregularidades u omisiones que tenían inicialmente, con lo
que su opinión podría ya ser diferente al caso en que no se hubiesen
incluido en la contabilidad.
Con
mucha frecuencia, los auditores comienzan su trabajo antes de finalizar
el ejercicio económico que se va a auditar. Así, por ejemplo, es
habitual que la auditoría del ejercicio 2005 se comience antes de
terminar. Puede ser en setiembre o en octubre, según los casos y
circunstancias. Esto es lo que se denomina auditoría preliminar.
En ese trabajo se va avanzando en todo aquello que lo permite. Es el
caso de cuentas tales como inversiones en Inmovilizado, gastos,
ingresos, cuentas fiscales, personal y otras.
Es
importante considerar que el auditor no es similar a un inspector de
hacienda ni de policia. No va, lleno de desconfianzas, en busca de
fraudes y conductas delictivas. Su trabajo es otro. Es centrarse en la
revisión contable tendente a que pueda opinar sobre las cuentas anuales
en su conjunto. Si en ese camino se topa con fraudes e irregularidades,
actuará en consecuencia. El auditor, en la mayoría de los casos, es un
buena ayuda para la empresa. De un lado, porque las cuentas anuales serán
más conformes con la ley y normativa contable. De otro, porque suele
dar importantes consejos a la empresa sobre diversos aspectos cuando se
los encuentra incorrectos o no muy bien planteados. Es, por tanto, más
una ayuda que un enemigo. Al auditor no hay que tenerle miedo,
ni hay que temer darle información. En todo caso la va a recabar y
habrá que dársela, si se quiere que la auditoría discurra por cauces
de normalidad.
Esperamos
que estas sencillas consideraciones, unidas a la lectura del documento
citado al principio de “Cuando y por qué contratar a un auditor de
cuentas”, le puedan servir para tener una idea inicial acerca de
lo que le puede suponer la presencia en su empresa de un auditor de
cuentas. En todo caso, estamos abiertos a sus preguntas o consultas
de ampliación de estas informaciones en nuestra dirección de e
mail.
Manuel
Díaz Aledo
Economista
Auditor de cuentas
gerente@diaz-aledo.com
info@gerenteweb.com
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