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Comisiones y contratos
14.12.04. En el
mundo de la empresa y sus actividades es preciso, casi siempre, efectuar
una labor comercial y de marketing. Ésta va dirigida a la captación de
clientes reales de entre aquellos que forman el mercado potencial. Y,
también, para dar a conocer el nombre de la empresa y su marca, sus
productos o servicios que presta, su existencia dentro de ese mercado.
Esta
tarea comercial, en sus diferentes formas de vendedores o comerciales
propios, comisionistas, distribuidores, agentes de ventas y otras
similares es perfectamente válida y comúnmente utilizada. Estos
profesionales de la venta y la representación están lícitamente
retribuidos y, en muchas ocasiones, reciben importantes comisiones fruto
de su buen hacer profesional.
Existen
otras ocasiones en que una empresa, para lograr contratos, pedidos o
colocar sus productos o servicios, recurre a dar dinero o regalos a
personas que, desde el lado del potencial cliente, pueden favorecerla
consiguiendo el pedido o contrato correspondiente. Pueden darse muy
diferentes y variopintas situaciones. A continuación exponemos una de
ellas, la de Alfonso, empresario del sector de la construcción y las
obras públicas.
Alfonso
tiene sesenta años y es el clásico exponente del hombre hecho a sí
mismo, trabajador, sin horarios y que en veinte años ha creado una
importante empresa de la construcción y las obras públicas en su zona.
Su empresa cuenta con una amplia plantilla de personal y es una de las más
conocidas en su sector, a nivel del ámbito de su Comunidad Autónoma.
Hace
años, cuando empezaba su actividad como contratista de obras en
ayuntamientos de su provincia, se encontró, en una ocasión en que
trataba de licitar en una de ellas, con que un personaje de la
Administración que había de decidir sobre aquellas obras, le indicó
la conveniencia de darle una determinada cantidad de dinero si quería
obtener la contrata. Alfonso quedó sorprendido. Nunca le había
sucedido nada similar. En especial, le impactó la claridad y lo directo
del mensaje. Consultó con un amigo sobre el tema. Le indicó que no
fuera “tonto” y que eso lo hacía todo el mundo. Que podía haber
encontrado una mina. Así que le animó a pagar esa cantidad. Lo hizo así,
consiguió aquella obra en aquel Ayuntamiento y, tras ésta, varias más
por el mismo procedimiento.
Alfonso
se acostumbró a esta situación, aunque en su fuero interno la
despreciaba y además, pensaba, parte del beneficio se lo llevaba otro y
no su empresa, que era la que hacía el trabajo. Y además tenía un
coste fiscal. Pero, en otras obras en otros lugares y diferentes
Administraciones Públicas buscó, con cierta habilidad, llegar al mismo
sistema. Esto le funcionó en la mayoría de los casos. No en todos, ya
que se encontró personas que no querían saber nada de esto, e incluso
algunas que lo despidieron a “cajas destempladas”. Pero, su empresa
crecía al hilo del aumento de contratas en obras públicas.
Al cabo de los años,
Alfonso está totalmente adaptado a este sistema de la comisión ilegal,
el “cazo” o como se le quiera llamar. A veces consiste en un regalo
de cierto valor para el interesado. Y se autojustifica pensando que el
culpable es el otro, el que acepta...Y además, piensa, todos lo hacen.
Podríamos
continuar profundizando en la vida y circunstancias de Alfonso, pero
creemos que no es necesario. Es un tipo de personaje, hasta cierto punto
común hoy en día. Pero con matices...Veamos.
De
entrada, el sistema en sí, por extendido que se encuentre, es
absolutamente ilegal e inmoral. Es totalmente contrario a la Ética. Y
es abusivo, precisamente para el interesado que lo sufre: el propio
empresario. Se convierte en un verdadero chantaje en muchas ocasiones.
Las
licitaciones de obras públicas, en una economía de mercado como es la
nuestra, han de ser absolutamente limpias y transparentes. Lo exige el
bien común, el de la propia comunidad que tiene derechos a obras bien
hechas, por los mejores contratistas posibles y a un
precio justo, pero adecuado a los trabajos de que se trate. Por
tanto, no han de resultar trabajos “encarecidos” o, por el
contrario, de mala o pobre calidad.
La
existencia de comisiones, pagos ilegales, “cazos” y similares a
personas de la Administración Pública acaba por repercutir o en la
calidad de los trabajos, ya que el empresario ha de recuperarse en ellos
lo que ha debido pagar a otros, o termina por repercutir en los precios
ofertados en las obras, para resarcirse de esos costes en atípicos. Al
final, el ciudadano contribuyente acabará sufriendo en una u otra forma
las consecuencias.
El
empresario sufre, además, el perjuicio fiscal de esos pagos, ya que no
puede deducirse como gasto los mismos. Ve incrementado así,
artificialmente, su beneficio que queda gravado en el Impuesto de
Sociedades o en el IRPF, por encima de lo que le correspondería.
Posiblemente, bastantes empresarios metidos en este “fregado” dormirían
más tranquilos y preferirían que esta casuística no se estuviese
produciendo.
El
caso es grave en todas las situaciones, aunque una de las más nefastas
es precisamente cuando es alguien de la propia Administración o de su
entorno quien insinúa o exige esos pagos. Entre otras cosas, se rompe
la norma de la libre competencia y la igualdad de oportunidades, axiomas
ambos clásicos en un mercado dentro de un sistema económico de corte
liberal y en un sistema político democrático. Ambas, la libertad y la
democracia, se caen por los suelos con prácticas como las que sufre o
aviva el bueno de Alfonso.
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