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¿Cuándo y por qué contratar
un asesor fiscal?
02.09.03. Todos
los ciudadanos de este país, al igual que todas las sociedades y demás
entidades jurídicas, estamos sometidos a un sinfín de impuestos que
gravan los más diversos aspectos de nuestra vida económica y
patrimonial. Junto a los más populares, como el Impuesto de la Renta,
el del Patrimonio o el de Sociedades, se alinean el IVA, el IAE o el de
Sucesiones. Junto a estos, los menos conocidos del “gran público”
como el de Actos Jurídicos Documentados y Transmisiones Patrimoniales o
los Impuestos especiales. Una verdadera selva que acecha el Patrimonio,
las ganancias y los beneficios del contribuyente.
En
España la legislación fiscal ha
alcanzado un grado de complejidad notable. Además, constantemente
existe un bombardeo de pequeñas o grandes disposiciones que modifican,
cambian, eliminan o añaden sobre lo anterior. Incluso los profesionales
de la fiscalidad tienen dificultades serias para estar totalmente al día.
No hay más que ver el tamaño y extensión de toda la normativa fiscal
existente en nuestro país o las mil casillas posibles en los impresos o
modelos de los impuestos.
Con
este panorama, es fácil comprender las dificultades que personas física
y jurídicas tienen para conocer perfectamente cual es su
mejor opción, en cada caso, y qué les conviene más. Salvo
aquellos que unicamente esten en el caso de una nómina, su vivienda y
unas cuentas en el Banco con sus ahorros, los demás ya se tienen que
adentrar en esa selva que, ya hemos dicho, constituye la normativa
fiscal española.
De
ahí la conveniencia del consejo,
del asesoramiento, de alguien que tras escuchar
atentamente el caso de ese contribuyente, persona física o jurídica,
que acude a su despacho, estudie
“los papeles”, confronte con
la normativa fiscal que le afecta y le
ayude a cumplir sus obligaciones tributarias con la mejor opción.
Siempre con la subjetividad de que se trata de “su juicio” y
que en los temas fiscales hay mil vericuetos y no se trata de
ciencias matemáticas. Es decir, hay cosas opinables, discutibles, poco
claras, sin suficiente jurisprudencia o con jurisprudencia
contradictoria. Al final,existe con frecuencia un riesgo en muchas de
las opciones a tomar. Pero
el asesor fiscal puede aclarar mejor el nivel de ese riesgo.
Para
terminar, he aquí algunas cuestiones que conviene tener en cuenta al
respecto.
1
El asesor fiscal ha de tener una buena
preparación y formación. Mejor titulado. Los licenciados y
diplomados en Económicas y Empresariales, los Titulados Mercantiles y
los Abogados son, sin duda, quienes a priori disponen de una preparación más adecuada.
2
Al asesor fiscal, aunque parezca obvio decirlo, se debe acudir a contar toda “la verdad” y darle a conocer todos los hechos y
circunstancias que afecten a los tributos de que se trate. Hay clientes
que, al menos en principio, ocultan información y eso es jugar con
fuego.
3
El asesor fiscal no
es un Superman que todo lo sabe, puede y consigue. Es humano y tiene sus
limitaciones. Pero por lo general, le ayudará con eficacia y le
“sacará las castañas del fuego” más de una vez.
4
No es buena política, reformar en casa o en la oficina lo hecho
por el asesor, rehacerlo, enmendarle la plana pensando que se ha
equivocado. Siempre habrá una razón, que quizás Vd.desconozca para
hacer cada cosa de una determinada manera. Pregúntele
si tiene dudas sobre lo que ha hecho.
5
Entréguele, con tiempo
suficiente para que la pueda estudiar a fondo, toda la
documentación que le pida o de la que Vd, disponga.
6
No siga el sistema de confrontar
la opinión de su asesor con otro y mucho menos con el amiguete
“entendido” con quien toma el café, buscando si se ha equivocado o
va bien. En todo caso, adviértaselo. Caso contrario, puede encontrarse
con que su asesor entiende que duda de él o no confia en él y se habrá
terminado la relación profesional.
7
El asesor fiscal le podrá
representar ante la Administración Tributaria cuando Vd deba
presentarse ante ésta o acudir a ella. Defenderá sus intereses igual o
mejor que Vd en esas circunstancias. El “amigo del café” le dejará
en la estacada en esos momentos.
8
El asesor fiscal puede
hacer para Vd o su empresa una auténtica planificación
fiscal, que permita pagar lo menos posible, eligiendo la opción más
favorable, dentro del marco de la normativa legal tributaria.
9
Acuda al consejo del
asesor fiscal antes de dar pasos que vayan a tener trascendencia económica
y tributaria: inversiones inmobiliarias o mobiliarias, operaciones de
compra y venta de acciones, fondos de inversión, suscripción de planes
de pensiones, constitución de sociedades, operaciones de fusión,
escisión o disolución de sociedades, etc. Dar en estos casos pasos,
sin haber estudiado el coste fiscal y su trascendencia, le puede
reportar grandes perjuicios.
10
Finalmente, tenga en cuenta que el trabajo del asesor fiscal
tiene y requiere un nivel de formación y preparación importante. No lo
hace bien cualquiera. Su trabajo lleva tiempo, horas de estudio y de análisis
del problema, que Vd. no ve. En muchas ocasiones Vd. ahorra dinero en
sus impuestos con su actuación. Por tanto, no le regatee honorarios.
No los “llore” ni se crea que están asaltando su bolsillo. Son
honorarios, por lo general y salvo excepciones, bien ganados. Y en
muchas ocasiones inferiores a lo que debieran ser de conformidad con el
beneficio que Vd obtiene o el nivel del trabajo realizado.
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